Miércoles, 29 Abril 2026
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El empresario de 64 años asegura que posee pruebas de su inocencia.

La hija de Andrea del Boca denunció a su padre por abuso sexual y corrupción de menores en el Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 43.

Según consta en la denuncia, Anna Chiara, de 18 años, denunció a su padre el empresario Horacio Ricardo Biasotti, de 64 años, por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la relación de parentesco, y por el delito de corrupción de menores.

Si bien diferentes versiones en torno a los hechos circulaban desde hace un tiempo, la denuncia se hizo formal este jueves y en la misma, el abogado Claudio Calabressi junto a Paula Ojeda, quienes representan a la joven, pidieron la inmediata detención del empresario, "a fin de evitar fugas o posibles entorpecimientos a la investigación criminal, dado el conocido poder económico del denunciado".

"Ante diversas afrentas mediáticas de mi propio padre y terceros, he venido esbozando en primera persona parte de los hechos que tiñeron de sombra mi niñez y que hoy siguen atravesando mi vida entera", dice Anna Chiara, en la denuncia.

Y agrega: "Decidí formalizar la denuncia contra mi progenitor, Sr. Horacio Ricardo Biasotti, plasmando con el mayor detalle que el dolor, la vergüenza y el miedo de antaño me permitan".

En tanto, el abogado de Biasotti, Marcelo Parilli, habló este jueves y dijo que su cliente "se pondrá a disposición del juzgado y la fiscalía" para aportar "las pruebas" que demostrarán que "es inocente".

 

Fuente: datachaco.com

La exintendente de Resistencia, Aída Ayala, irá este martes a declaración indagatoria por orden de la jueza federal N° 1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, en el marco de una investigación en su contra por presunta defraudación contra la administración pública cuando cumplía funciones en Nación.
 
Las pesquisas indican supuestas maniobras que se habrían realizado cuando Ayala se desempeñó como secretaria de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior de Nación entre 2015 y 2017.
 
Según la denuncia del intendente de Quitilipi Carlos Casalboni, desde esa oficina nacional bajaban fondos a diferentes localidades “con la condición de que la compra se haga a través de la Fundación Construir y en negocios que ellos mismos elegían”.
 
Niremperger había resuelto la citación a Ayala luego de declararse incompetente por cuestión de jurisdicción y posteriormente ser ratificada al frente de la causa por la Cámara de Apelaciones de Resistencia, a cargo de la jueza María Delfina Denogens.
 
LA CAUSA
 
Esta nueva causa, diferente de la que se conoce públicamente como Lavado II, nació en mayo del 2018 cuando la Justicia Federal ordenó allanar una oficina de Matías Balamceda, ex yerno de Ayala.
 
En aquel momento se supo que la denuncia la había hecho el propio intendente de Quitilipi, Carlos Casalboni, donde contó que Ayala, en su rol de secretaria nacional, “bajaba fondos a diferentes localidades con la condición de que la compra se haga a través de la Fundación Construir y en negocios que ellos mismos elegían”. “Uno de esos locales se llama Chaco Service, donde en el domicilio declarado en realidad funciona un local de service de aires acondicionados”.
 
En abril de este año, el fiscal federal Patricio Sabadini, pidió la indagatoria de la actual diputada nacional, teniendo en cuenta que "ha quedado acreditado que bajo dirección de la Aída Ayala, quien se desempeñaba como secretaria de Asuntos Municipales -del Ministerio del Interior de la Nación-, se efectuaron maniobras direccionadas a la compra y contrato cuyo proveedor en todos los casos ha sido el Claudio Alejandro Tolosa, siendo palmarios los sobreprecios de los elementos adquiridos, que ello ha sido efectuado mediante las firmas de Convenios entre la Municipalidad de Quitilipi y la Secretaría de Asuntos Municipales, dirigida en ese momento por la Sra. Ayala”.
 
Según se detalla en la actuación, la hipótesis que maneja la justicia es que "se habría diseñado un plan metódico, que habría requerido para su concreción: que desde el municipio de Quitilipi se tome la decisión administrativa de obviar el proceso de licitación requerido por la normativa específica en relación al monto del financiamiento; que la autoridad máxima de dicha comuna, al haber optado por el sistema de contratación directa, se incline por realizar la compra del supuesto destinatario predilecto por parte de quienes habrían esquematizado el plan de acción; que por medio de la municipalidad de mención se inicien las actuaciones administrativas necesarias para solicitar el financiamiento, aportando a su vez el presupuesto presuntamente cargado con sobreprecios a las autoridades de la Secretaría de Asuntos Municipales; que los fondos emitidos por Nación ingresen al erario municipal".

 



Fuente: diariochaco.com

El fiscal federal Carlos Stornelli anunció hoy que se presentará a prestar declaración indagatoria ante el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, en la causa donde se investiga si integró una supuesta red de espionaje, después de negarse a comparecer varias veces y por lo que fue declarado en rebeldía.

Fuentes judiciales indicaron que el funcionario informó su decisión a la Secretaría Disciplinaria y Técnica del Ministerio Público Fiscal (MPF) y señalaron que en la Procuración General, a cargo de Eduardo Casal, dejaron constancia en el expediente administrativo abierto sobre Stornelli.

Stornelli, fiscal de causas resonantes -como el contrabando de armas del gobierno de Carlos Menem y los "cuadernos de las coimas" de la era kirchnerista- está acusado de integrar una supuesta red ilegal de espionaje.

En ese expediente están imputadas personas provenientes de diversos sectores, entre ellos el procesado y detenido falso abogado Marcelo D'Alessio.

Ramos Padilla citó a Stornelli seis veces y en todas las ocasiones el fiscal se negó a concurrir, desconociendo la jurisdicción y, en consecuencia, la competencia del juez en este proceso, así como el desarrollo de la instrucción del expediente.

El fiscal -que tiene la asistencia letrada del abogado Roberto Ribas- fue declarado en rebeldía y quedó expuesto a sanciones, aunque no corresponde su detención mientras tiene fueros por su cargo.

Stornelli apeló esa medida, pero la Cámara Federal de Mar del Plata rechazó la petición y, además, confirmó a Ramos Padilla en la causa. La Cámara Federal de Casación Penal también denegó un recurso del representante del Ministerio Público.

Las fuentes indicaron que el fiscal "informó inicialmente por vía telefónica su decisión de concurrir al juzgado de Dolores a la Secretaría Disciplinaria y Técnica" de la Procuración, dependencia a cargo de Juan Manuel Casanovas.

Según la web del MPF, entre las misiones de esa Secretaría figura "asesorar al Procurador General acerca del curso de acción frente a informes judiciales en los que se consigna que los fiscales han sido sancionados o en los que se efectúan objeciones a su desempeño".

Y, además, "instruir actuaciones administrativas tendientes a examinar la conducta de los distintos funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal".

Fuente: Télam

El fiscal federal Jorge Di Lello pidió sobreseer al diputado nacional Máximo Kirchner y a otros referentes de la agrupación La Cámpora, como Eduardo "Wado" De Pedro, José Ottavis y Andrés Larroque, en una investigación por supuestos delitos en el financiamiento electoral derivada del caso de los cuadernos de la corrupción.
 
En un extenso dictamen entregado en la tarde de ayer a la jueza federal con competencia electoral, María Servini, el fiscal cuestionó además la validez como prueba de la declaración como arrepentido del detenido ex secretario de Obras Públicas del kirchnerismo, José López, por no haber sido filmada, según el escrito al que hoy accedió Télam.
 
También puso en duda el valor probatorio de los ocho cuadernos del también arrepentido remisero Oscar Centeno.
 
"En un Estado de derecho, una investigación no puede llevarse a cabo bajo cualquier circunstancia, sino que tiene que desarrollarse de conformidad con las reglas procesales vigentes", sostuvo Di Lello en el dictamen sobre el que ahora deberá decidir Servini.
 
El fiscal con competencia electoral reclamó dictar la nulidad de todo lo hecho en esta parte de la investigación y sobreseer a Kirchner, Ottavis, De Pedro, Larroque, Julián Alvarez, a los ex intendentes Enrique "Japonés" García (Vicente López) y Ricardo Ivoskus (San Martín), y al empresario Sergio Szpolszki.
 
Di Lello sostuvo que la declaración como arrepentido de López, donde aludió a entregas de dinero ilegales para campañas electorales e involucró todos los hasta ahora imputados, no es válida porque no quedó registrada en ningún "medio idóneo" que pueda ser reproducido como dispone la ley del arrepentido.
 
Esta situación se dio en todas las declaraciones de imputados colaboradores registradas en la causa cuadernos por el fiscal federal Carlos Stornelli, y que ya fueron avaladas por el juez de esa causa, Claudio Bonadio, y por la Cámara Federal porteña, por lo que su valor será discutido en un futuro juicio oral.
 
Pero en la causa a su cargo, Di Lello se decidió por invalidar los dichos de López y también cuestionó la veracidad como prueba de los ocho cuadernos atribuidos al remisero Oscar Centeno.
 
"Corresponde estudiar con la prudencia y precisión jurídica que requieren estas cuestiones, la admisión de que una investigación se funde en elementos probatorios cuya comprobación fáctica resulta imposible, al menos hasta ahora", criticó.
 
En el caso de los supuestos delitos electorales denunciados, "el hecho y las pruebas imputados resultan imprecisos y vagos, contraponiéndose con el derecho de defensa en juicio", sostuvo.
 
"Este proceso no sólo debe respetar determinadas formalidades, garantías y competencias según el trámite del mismo, sino que también debe ser respetuoso con los derechos fundamentales del imputado en un proceso penal, que constituyen un límite que no puede ser franqueado nunca, ni siquiera en aras de una mayor eficacia en la búsqueda de la verdad y en la investigación y persecución del delito", agregó Di Lello.
 
"No habiéndose cumplido en la declaración de José Francisco López con los requisitos dispuestos por el art. 6 de la ley 27.304, resultando la documentación soporte de la causa de dudosa eficacia probatoria, junto a la descripción meramente genérica de los hechos imputados en las indagatorias tomadas con referencia al suceso aquí analizado, resultan insuficientes para ser valorados y para proceder en estos actuados", dictaminó
 
En cuanto a los cuadernos, Di Lello sostuvo que "la sorpresiva y reciente aparición de los que, aparentemente, serían los originales de 6 cuadernos, no generan tampoco la certidumbre necesaria para su valoración en estos actuados, toda vez que su presunto autor, como se ha referido, manifestó haberlos quemado, y todavía no se ha podido establecer su autenticidad y valor probatorio conforme las pautas del proceso penal respecto a las pruebas documentales".
 
"Concretamente no fue posible someter dichos cuadernos a pericia de longevidad de tintas, a fin de probar que las anotaciones fueron efectuadas en los momentos en que indica el Sr. Centeno, ni tampoco se pudo conocer con exactitud si las fotocopias representan la totalidad de los manuscritos del mismo", sostuvo el fiscal.
 
Fuente: Telam