Jueves, 30 Abril 2026
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El Tribunal Oral Federal 4 condenó hoy a 12 años de prisión al empresario Lázaro Báez por el delito de lavado de dinero a través de la financiera conocida como "La Rosadita". También fueron condenados Jorge Chueco, Daniel Pérez Gadín, Martín Báez y Leonardo Fariña.

Fin del misterio: Lázaro Báez fue condenado a 12 años de cárcel por la maniobra de lavado de dinero de casi USD 55 millones que se conoce como “la ruta del dinero K”. También fue condenado su hijo mayor, Martín, el único que permanece detenido en una cárcel, a una pena de 9 años.

La Fiscalía había pedido una condena de 12 años de cárcel y una multa de $2.121 millones para el empresario. Pese al cambio de gobierno, las querellas que representan al Ejecutivo también habían solicitado penas muy altas: 8 años y 6 meses, la Oficina Anticorrupción; 9 años, la Unidad de Información Financiera (UIF); y 8 años, la AFIP.

Luego de casi dos años y medio de juicio, el Tribunal Oral Federal 4 -integrado por los jueces Néstor Costabel, Gabriela López Iñíguez y Adriana Palliotti- también condenó al abogado Jorge Chueco y al contador Daniel Pérez Gadin. Ambos recibieron una pena de ocho años de cárcel.

En el caso de Leonardo Fariña, el tribunal decidió condenarlo a 5 años por su rol de arrepentido. “La pena fue reducida en tres años por su rol de imputado colaborador”, dijo el presidente del tribunal, que quedó a cargo de la lectura del veredicto desde su despacho de Comodoro Py.

La investigación judicial comenzó en abril de 2013, por ese entonces a cargo del juez Sebastián Casanello y del fiscal Guillermo Marijuán, a partir de un informe del programa Periodismo para Todos (PPT) y apuntó a la red de cuentas bancarias abiertas en el exterior y la maniobra, mediante la compra de bonos, para reingresar el dinero a la Argentina, justo cuando Báez necesitaba capitalizar su empresa para poder quedarse con la construcción de dos represas en Santa Cruz. Se trata de una causa con implicancias políticas por la cercanía del empresario con la familia Kirchner.

Durante el juicio también se debatió el traslado de dinero en los aviones privados de Báez desde el Sur hasta Buenos Aires, y la compra del campo “El Carrizalejo”, en la provincia de Mendoza (conocido como el hecho B). El otro campo, conocido como “El Entrevero”, quedó al margen en otro juicio.

Todas las condenas

1) Lázaro Antonio Báez, 12 años

2) Jorge Oscar Chueco, 8 años

3) Daniel Rodolfo Pérez Gadín, 8 años

4) Jorge Leonardo Fariña, 5 años

5) Martín Antonio Báez, 9 años

6) Leandro Antonio Báez, 5 años

7) Melina Soledad Báez, 3 años

8) Luciana Sabrina Báez, 3 años

9) Walter A. Zanzot, 5 años

10) Julio Enrique Mendoza, 6 años

11) Claudio Bustos, 4 años y 6 meses

12) Eduardo César Larrea (absuelto)

13) Walter Santiago Carradori (absuelto)

14) Fabián Virgilio Rossi, 5 años

15) Federico Elaskar, 4 años y 6 meses

16) Juan Carlos Molinari, 4 años y 6 meses

17) Mario Lisandro Acevedo Fernández, 5 años

18) Daniel Alejandro Bryn, 3 años

19) Juan Ignacio Pisano Costa, 2 años

20) Sebastián Ariel Pérez Gadín (absuelto)

21) Alejandro Ons Costa (absuelto)

22) César Gustavo Fernández, 5 años

23) Jorge N. Cerrota, 2 años y 6 meses.

24) Christian Martín Delli Quadri (absuelto)

25) Eduardo Guillermo Castro, 5 años

26) Martín Andrés Eraso, 4 años y 6 meses

27) Juan Alberto De Rasis, 6 años

La jornada de este miércoles arrancó con las últimas palabras de Martín Andrés Eraso y Juan Alberto De Rasis, dos ex empleados del banco suizo Lombard Odier que participaron de las maniobras para mandar a ese país parte del dinero del Grupo Austral. Luego, el presidente del tribunal, Néstor Costabel, ordenó un cuarto intermedio hasta las 13.30 horas.

Pasaron dos años y casi cuatro meses desde la primera audiencia. En todo ese tiempo declararon casi 100 testigos, renunciaron abogados, se sumaron dos imputados al juicio, y salieron de la cárcel los tres principales acusados: Lázaro Báez, Jorge Chueco y Daniel Pérez Gadín.

El empresario K amagó varias veces con revelar sus secretos, pero terminó elogiando a su amigo Néstor Kirchner. Hoy el único detenido en la causa es el hijo mayor de Báez, Martín, que sigue con prisión preventiva hasta la primer semana de marzo.

El Tribunal Oral Federal 4 iba a dar a conocer la sentencia hace dos semanas pero de manera sorpresiva lo postergó para hoy, generando una catarata de especulaciones.

Luego de largas discusiones, el tribunal finalmente no dio a conocer cuál es el delito precedente que se tomó en cuenta a la hora de acreditar la maniobra de lavado de dinero.

Durante su alegato, el fiscal Abel Córdoba había hablado de la defraudación mediante la obra pública, que se juzga en la causa de Vialidad -donde la vicepresidenta Cristina Kirchner es una de las principales imputadas- y la evasión impositiva de Austral Construcciones, que todavía se investiga en los tribunales de Bahía Blanca y de la Capital Federal. Las tres querellas, con algunas diferencias, coincidieron en esos delitos.

“Si los jueces dicen que el dinero de Báez venía de la obra pública la complican seriamente a Cristina”, graficó una fuente judicial antes del veredicto.

El otro escenario es que el TOF decida apoyarse solo en la evasión. En ese caso, asoma otro debate jurídico de fondo. “Está muy discutido si el delito de evasión puede ser un delito precedente porque el Estado otorga moratorias. De hecho, Austral está en una moratoria y la está pagando”, explicó uno de los principales abogados de la causa.

Durante los alegatos, la defensa de Báez denunció “una operación de inteligencia estatal y paraestatal, con participación de todos los medios de comunicación”. El abogado de Báez, Juan Martín Villanueva, sostuvo que “la causa tiene un objetivo político” y repasó varias tapas de diarios para concluir que “se buscó involucrar a la ex presidenta” Cristina Kirchner en la causa.

La defensa del empresario, en conjunto con otros abogados, también intentó voltear el testimonio de Leonardo Fariña, el arrepentido que cambió el curso de la investigación. Pero el fiscal y las tres querellas derrumbaron esa estrategia. En diciembre pasado, Córdoba aludió al fallo de la Cámara de Casación que ratificó la constitucionalidad de la ley del arrepentido. “La declaración de Fariña reunió los recaudos de la ley del arrepentido. El juicio está concluyendo, cualquier duda sobre el acuerdo se actualizó ante el tribunal. Fariña declaró durante cuatro audiencias”, sostuvo en ese momento.

El juicio arrancó el 30 de octubre de 2018 con 25 imputados, pero termina con 27. En mayo de 2019, el TOF 4 decidió sumar a Martín Andrés Eraso y Juan Alberto De Rasis.

Estaba previsto que el juicio dure un año, pero la cantidad de imputados y testigos demoró el desarrollo. Luego vino la cuarentena y las idas y vueltas por el sistema remoto. El debate recién se retomó el 21 de julio del año pasado, con el alegato de la Oficina Anticorrupción (OA).

Báez seguirá la última audiencia desde la casa “secreta” donde cumple la prisión domiciliaria desde septiembre, cuando el TOF 4 le otorgó ese beneficio por una orden concreta de la Cámara de Casación. El empresario primero intentó vivir en el country Ayres del Pilar, pero los vecinos no lo dejaron entrar. Luego del escándalo, fue trasladado a una casa, donde tiene custodia permanente.

Recién sobre el final del juicio, el empresario intentó desligar a todos sus hijos. “Lazaro tomaba las decisiones junto con sus colaboradores y no con sus hijos”, dijo su abogado. No alcanzó.

 

Fuente: infobae.com

Esta mañana declaró el exsecretario general e imputado Horacio Rey en la audiencia pública por el juicio FAPPO, donde se investiga la desviación de por lo menos $60 millones de pesos correspondientes a la pauta estatal. Mañana será el turno de Paulo Buttice.

En un comienzo, el exfuncionario se refirió a la oportunidad de declaración tras pasar ya tres años en prisión: "Espero, lo que toda la ciudadanía espera, que se haga justicia".

Luego, tras una breve descripción de su vida, comenzaron los famosos "palazos": "Lamentablemente, a veces se utilizan herramientas para manchar personas, para sacar de lugares y espero que en este juicio se pueda aclarar la situación".

Y de esta forma, comenzó la explicación de su rol dentro del sector público durante, al menos, la mitad de la gestión del ex gobernador Domingo Peppo: "Mi función dentro de la Secretaría General era muy amplia. Coordinaba el Gabinete. También ejercía mi función como presidente del Instituto Provincial de la Administración Pública". En otras palabras, Rey aseguró tener a su merced una cantidad abrumadora de áreas y sectores gubernamentales, como aeronáutica, vuelos sanitarios, protocolos de administración, asistencia a funcionarios, etc. "¿Que quiere decir esto? Trabajar con todo el personal de la administración pública".

Pero además, era fiduciante de tres fideicomisos. Esta última palabra desató su polémica.

Según afirmó, las designaciones de los funcionarios involucrados en la causa, "especialmente" como el del ex subsecretario de Comunicación Paulo Buttice, "fueron afectados por el gobernador". "Trabajó con el gobernador en su campaña y fue designado y elegido por el para que lo acompañe en la gestión", manifestó.

Se desligó luego de vinculos con los proveedores imputados en la causa: "Muchos no los conocí hasta la causa".

Acorde a lo expresado en la audiencia por parte del imputado, todas las resoluciones presentadas en la causa que aportaron al fideicomiso fueron autorizadas y acompañadas por el Ministerio de Hacienda, "con la firma del Ministro Cristian Ocampo". Esto, según Rey, es motivo suficiente para no entender las irregularidades del instrumento legal: "Fue controlado por los organismos de control que tiene que ver con la administración financiera de la provincia como Contaduría General, que si no objetan, no encontraron irregularidades".

"Queda más que claro que el verdadero administrador de los fideicomisos es Fiduciaria del Norte", apuntó.

Secretaría General y fideicomiso

"Los primeros días de mi gestión, al presentarse Soledad Jofre y Romina Jovanovich en mi despacho, me informan que el funcionamiento de este fideicomiso" debe llevarse adelante con fondos de la Secretaría General. Según relató, las contadoras le manifestaron que el fideicomiso tenía deuda pendiente de contrataciones que había realizado la gestión anterior, por lo que debían realizar un "instrumento legal que son las resoluciones de incremento patrimonial del fideicomiso".

Luego, aceptó que las resoluciones fueron firmadas por él: "La resolución de incremento patrimonial están firmadas por mi persona, porque se puso en duda y en este caso la fiscalía acusa de hecho irregular este instrumento. Esta resolución tiene las cláusulas del contrato que se realizó y del decreto que se hizo el fideicomiso. A parte, tiene el control de la administración de la cual ellos llevaron adelante y yo firmaba".

Y se defendió: "No he recibido ni una objeción, ni un llamado, ni una irregularidad por parte de contaduría general ni de la dirección de administración de Secretaría General respecto a que tenían algún tipo de deficiencia o algún tipo de irregularidad". "No encuentro que se haya llamado la atención o se haya citado a los otros ministros o presidentes de organismos que han llevado adelante el incremento patrimonial de este fideicomiso", sentenció Rey.

Acusación de contratos

Tras relatar el supuesto circuito que realizaba el servicio contratado, el ex funcionario aclaró: "Se dice que yo contrataba. Yo no contrataba. El contrato lo hacía directamente fiduciaria del norte con sus autoridades y el proveedor. Las instrucciones, las planillas que se proponía, las hacía el fideicomiso".

También se desligó de haber tenido en sus manos información que no le correspondía: "En un formato parecido al de contratación, detallaban información que es muy difícil que un funcionario, en mi caso, acusado de pagar, pueda tener". Por otro lado, aseguró que esa información le pertenecía únicamente a la fiduciaria del norte "y, en este caso específico, al fideicomiso". "Ningún funcionario público tiene acceso, ni como parte, de este caso, del fideicomiso. Esta información no estaba en mi alcance. Esta planilla no la hacía yo, la hacía el fideicomiso", remarcó.
 
"Yo no proponía ningún tipo de pago no autorizado, sólo tomaba el conocimiento de lo que se pagaba", afirmó antes de señalar que, como fiduciante, únicamente llevaba adelante instrumentos de incremento patrimonial de acuerdo a las contrataciones "que ellos tenían previstas. No éramos informados de la cantidad de fondos que tenían".
 
Sistema de FAPPO gestión
 
"La fiscalía me acusa de utilizar este sistema para llevar adelante algún tipo de ílicito", afirmó. Sin embargo, aclaró que, acorde a los testimoniales de los operarios del sistema, el sistema de FAPPO gestión no tiene ningún tipo de ingerencia con el circuito anterior. "Solamente hay un sistema interno explicado en este caso por los testimoniales para el fideicomiso, de uso exclusivo. Quiero dejar aclarado esto porque se puso en duda de que el FAPPO gestión si realizaba pagos o si tenía conexión con el sistema de FAPPO. Fueron muy claros los testimoniales de que no tenían ningún tipo de relación", expresó.
 
VIÁTICOS
 
Otra de las acusaciones a las que responde el ex funcionario es respecto a los viáticos otorgados y autorizados a sus familiares Ismael Fernández y a Susana Fernández, su cuñado y su esposa, respectivamente. Al respecto, señaló que ambos eran secretarios privados del gobernador Domingo Peppo. 
 
Sin embargo, se detuvo especialmente a hablar de su cuñado Ismael: "Era el secretario privado del gobernador y lo acompañaba en todas las actividades al gobernador; viajes, reuniones. No solo que viajaba el, sino que en cada pedido que había de viático, era acompañado por personal de la custodia del gobernador".
 
Pero, ¿hubo irregularidades?
 
"No se me ha manifestado que haya algún tipo de irregularidad al autorizar, en este caso, a familiares. En este caso mi esposa, que organizó directamente, y al secretario que, coincidentemente, es mi cuñado".
 
"Siempre se dio en el marco de la confianza"
También fue criticado por pasajes pagados con los fondos del fideicomiso, por lo que aclaró: "Con respecto a los pasajes que me imputan del viaje, uno institucional y otro por turismo de mi familia, quiero aclarar que yo nunca les pedí que se pague a través del fideicomiso. Es más, le debo a esta empresa, soy un acreedor porque al momento de poder financiar este viaje, que es lo que había solicitado, fui detenido". 
 
"Esta empresa también brindó servicios a otras áreas de gobierno"
Por último, tras una hora y media de declaración, expresó: "Veo muchas deficiencias, veo mala intención hacia mi persona, veo que se dejaron de lado cosas importantes, personas que estaban involucradas en los posibles hechos que aclararían esta situación, y responsables que no están. Pido que se haga realmente un acto de justicia, me he sometido siempre. Entiendo yo que no tuve la más mínima intención el erario público. Destiné durante mi tiempo de gestión, dos años, mi tiempo completo a la función pública".
 
Fuente: diariochaco.com

La Cámara Federal de Apelaciones se expidió sobre un recurso presentado por la defensa de la actual diputada nacional y decidió rechazarlo, confirmando el procesamiento sin prisión preventiva por presunta defraudación contra la administración pública cuando cumplía funciones como secretaria de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior de la Nación, entre 2015 y 2017.
 
Esta causa nació en mayo de 2018 a partir de una denuncia de Carlos Casalboni, intendente de Quitilipi en ese momento. Por ello la Justicia Federal ordenó allanar una oficina de Matías Balmaceda Paiva, exyerno de Ayala.
 
En aquel momento se supo que la denuncia la había hecho el propio intendente de Quitilipi, donde contó que Ayala, en su rol de secretaria nacional, “bajaba fondos a diferentes localidades con la condición de que la compra se haga a través de la Fundación Construir y en negocios que ellos mismos elegían”. “Uno de esos locales se llama Chaco Service, donde en el domicilio declarado en realidad funciona un local de service de aires acondicionados”, había expresado.
 
Niremperger procesó a la actual diputada nacional “por “considerarla prima facie penalmente responsable del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (art. 174 inc. 5 del Código Penal, en calidad d autora 0. 45 CP.)” y la embargó “sobre sus bienes hasta cubrir la suma de un millón de pesos”.
 
También fueron procesados, sin prisión preventiva, Balmaceda Paiva, Miguel Ángel Vilte y Claudio Tolosa por considerarlos “penalmente responsables del delito fraude en perjuicio de la administración pública”. Asimismo, los tres fueron embargados por la suma de un millón de pesos.
 
Tras un recurso de apelación presentado por la diputada nacional chaqueña, se conoció el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. El tribunal de alzada rechazó el planteo y confirmó lo dictado por Niremperger, por lo que Ayala continúa procesada en la causa.
 
La sentencia, que lleva las firmas de las juezas María Delfina Denogens y Rocío Alcalá, afirma que “se advierte que independientemente de haberse cumplido -en apariencia- con los pasos administrativos estipulados en la normativa aplicable al caso para la contratación, se observa que su trámite estuvo plagado de irregularidades ya que lo cierto es que los elementos colectados en la causa demuestran la verosimilitud de la existencia de precios sobrevaluados, la desaparición de constancias administrativas que oscilan en importancia y el vínculo entre la encartada y los coimputados”.
 
 
“La intervención de la imputada en el ilícito se halla corroborada –con el grado de probabilidad exigido en esta instancia procesal– a partir de las probanzas arrimadas a estos autos, las que a criterio de las suscriptas determinan el pleno conocimiento que tenía del accionar delictivo que estaba llevando a cabo”, afirman las magistradas en su fallo.
 
En otro tramo del contundente fallo, añaden: “No es tarea de este Tribunal reiterar todas las probanzas y las conclusiones de ellas derivadas que citara la Juzgadora, menos aun teniendo en consideración que –como se dijo­ se advierten agregadas pruebas consideradas como parte integrante de la resolución atacada que acreditan la intervención de Ayala como Secretaria de Asuntos Municipales de la Nación, en el otorgamiento de subsidios a la Municipalidad de la ciudad de Quitilipi (Chaco), direccionando la contrataciones ­a través de su yerno Matías Balmaceda Paiva y Miguel Ángel Vilte­ para la adquisición irregular de determinados bienes en el establecimiento perteneciente a Claudio Alejandro Tolosa (Service Hogar), a través de la compra directa y pago de sobreprecios, sin que se verifique la correspondiente rendición de cuentas, dada la sustracción de documentación pertinente”.
 
Y agregan: “No debe desconocerse que se investiga en esta causa un esquema de corrupción y el campo de sofisticación de esta clase de delitos conlleva la necesidad de un “plus” tanto en la metodología de investigación como en la consideración de las probanzas recabadas, lo que debe realizarse de manera integral y contextualizada, con recursos que estén a la altura de la matriz de corrupción, más aún cuando ¬como ocurre en el caso¬ se encuentran involucrados funcionarios públicos, lo que tiende a garantizar la impunidad”, agregaron.
 
Fuente: diariochaco.com

El jurado pronunció un veredicto unánime de culpabilidad contra Walter Ariel Alfonzo por el delito de “homicidio doblemente agravado por el empleo de arma de fuego y por la participación de un menor de edad”, conforme el requerimiento de la fiscalía y querella, por haberle provocado la muerte a Maximiliano Mohamed Mansilla el 1 de septiembre de 2019. 

Fue al término de la tercera jornada del juicio por jurados en la causa la causa 30.385/19-1 “Alfonzo, Walter s/ homicidio” que se desarrolló en el Domo del Centenario “Zitto “Segovia” de Resistencia, bajo un estricto protocolo de seguridad. 

Primero tuvieron lugar los alegatos de clausura expuestos por cada una de las partes. Así lo hicieron el fiscal de Cámara Martín Bogado (también estuvo presente Lucio Otero, titular del equipo fiscal N° 13); el querellante particular, Héctor Fedeli (defensor oficial N° 15), y la co-querellante, Patricia Aleksich (defensora oficial N°13), ambos en representación de Yanina Mansilla; en tanto que el co-defensor particular, Adrián Gaitán, y el defensor Miguel Barceló lo hicieron por Alfonzo. 

Todas las instancias públicas del debate fueron transmitidas, en vivo, a través del canal de Youtube del Área de Prensa del STJ en www.youtube.com/prensastjchaco con la colaboración de personal de la Biblioteca “Dalmacio Vélez Sarsfield” y la Oficina Judicial Central de Juicio por Jurados. 

Cabe recordar que conforme con las recomendaciones del Superior Tribunal de Justicia del Chaco en materia de bioseguridad e higiene por la pandemia de Covid-19, Del Río, junto con la Oficina Judicial Central de Juicios por Jurado, establecieron que no se permitiese el acceso de público general a las instalaciones del Domo, más allá de las partes que sí o sí deben estar presentes para cumplir con los procedimientos. 

TRES JORNADAS 

La actividad comenzó el miércoles con la audiencia de selección de jurados (“voir dire”), tras la cual fueron elegidos doce ciudadanos y ciudadanas que integraron el jurado (seis varones y seis mujeres), junto con cuatro suplentes repartidos por género, en forma equitativa. 

A continuación Del Río dio inicio formal del debate oral y público. Allí impartió las instrucciones iniciales y, entre otros puntos, leyó las convenciones probatorias (NdeR: aquellos acuerdos a los que arribaron las partes respecto a que ciertas circunstancias del hecho o medios de prueba, no serán discutidos, pues existen pruebas abundantes o suficientes como para darlos por acreditados).  

Más adelante se produjeron los alegatos de apertura a cargo de Bogado, Fedeli y Barceló, respectivamente, en los que presentaron sus correspondientes teorías del caso.  

La etapa de producción de pruebas, en la que declararon testigos de la fiscalía, querella y defensa se extendió durante el resto del primer día y la totalidad de la segunda jornada.  

 

Fuente: diariochaco.com