Jueves, 16 Octubre 2025
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La fiscal Liliana Beatriz Irala de la Fiscalía N° 10 hizo efectivo la medida de la prisión preventiva contra el joven que estando alcoholizado chocó a tres personas en Margarita Belén.

El hecho tuvo su origen el 12 de febrero en el acceso a Margarita Belén, donde Matías Gallardo, conducía su automóvil Vento en estado de ebriedad y choca a un grupo de personas. A costas del accidente Franco Raúl Cardozo, Carla Daiana meza, María Soledad Jara, pierden la vida. El documento fue emitido por el equipo Fiscal el 02 de marzo.

Según la ampliación de declaratorias del imputado Gallardo, estableció que "Totalmente. Estoy a disposición de la justicia, siempre la estuve, desde el momento del accidente".

A razón de lo ocurrido, la fiscal Liliana Beatriz Irala, estableció la prisión preventiva el conductor, Matías Gallardo de 21 años. A la vez, modificó la caratula que dejó de ser homicidio culposo agravado en accidente de tránsito y paso a " Homicidio Simple en concurso Real con Lesiones Graves cometidos con dolo eventual".

Según el parte oficial, dictado por la fiscalía establece "ordenar la prisión preventiva del imputado Matías Alberto Gallardo, ya filiado, en calidad de autor del delito de homicidio simple en concurso ideal con lesiones graves cometidos con dolo eventual en carácter de autor, según lo previsto y penado en el Art. 79 y Art. 90 en función con el Art. 55 del Código Penal, conforme lo normado por el Artículo 289 incs. 1º y 2° del Código Procesal Penal (Ley Nº 965-N), ".


Fuente: diariotag.com

Además, también los procesaron por asociación ilícita con el fin de blanquear dinero obtenido de forma ilegal.

El Juzgador Federal de Sáenz Peña dictó el procesamiento por asociación ilícita y lavado de activos agravado para el intendente de Taco Pozo, Carlos Ibáñez, Omar Judis y su hijo Enzo. Además, se dictaron también 100 millones de pesos de embargo para cada uno de ellos.

La investigación, llevada adelante por el fiscal general Federico Carniel, se desprende de la causa por corrupción en el manejo de la Universidad del Chaco Austral (UNCAus) que concluyó con las condenas de Judis, su hijo y otras condicionales para los demás integrantes de la exconducción de la institución.

La Justicia los encontró autores penalmente responsables "prima facie" del delito previsto en el art. 303 inc. 1 con los agravantes del inc. 2 a y b del Código Penal y por el delito previsto en el art. 210 C.P. en calidad de miembros ambos en concurso real.

En la investigación, se reveló que Omar Judis habría ideado una organización para "distraer dinero del erario público y luego incorporarlo al sistema legal y/o su patrimonio". El informe explica que la mayor cantidad de dinero habría sido blanqueado entre el 2014 y el 2015.

La resolución resalta que el ex rector "se valió de una serie de personas que cumplieron diversos roles que permitieron blanquear el dinero obtenido ilícitamente, a través de la compra de flotas de vehículos, inmuebles y el cobro de cheques procedentes de la Fundación UNCAus".

La Justicia entiende que 12 personas funcionaban como testaferros del exministro de Infraestructura del Chaco, quien autorizaba junto a su pareja Pobi a utilizar vehículos registrdos a nombre de Ibáñez, Varela y de empresas como la constructora Tridelta SA, beneficiada con licitaciones para obras en la UNCAus.

OTROS PROCESADOS

Los empresarios Alejandro Ibáñez, hijo del intendente de Taco Pozo; Jorge Varela, Nelson Varela, Marcela Pobi y la contadora Andrea Almirón, fueron señalados como miembros de la asociación ilícita dedicada al lavado de activos.

La resolución procesa también como partícipes secundarios a  Pedro Jiménez, Romina Klepacek, Malena Martínez, Vanesa Rodríguez y Karina Nichiporuk.

Fuente: diariotag.com

El hecho ocurrió en noviembre del 2021, en Juan José Castelli. El condenado reconoció su culpabilidad en el crimen de la mujer, quien tenía 34 años.

Ignacio Aguirre fue condenado a prisión perpetua, por el homicidio doblemente agravado por la relación de pareja y femicidio de Sandra Fleita, ocurrido el 10 de noviembre de 2021. La víctima fue apuñalada 27 veces en su casa de la localidad de Juan José Castelli.

La sentencia de la sala unipersonal de la Cámara Multifueros de Juan José Castelli, a cargo de la jueza Gladis Regosky, tuvo lugar en el marco de un juicio abreviado en el cual el condenado reconoció su culpa.

Además, intervinieron el fiscal de Cámara, Carlos Calvo, y el defensor oficial Nº 1, Gustavo Kleisinger.

La sentencia en el expediente 3911/2021-6 "Aguirre, Ignacio Rubén s/ homicidio calificado por el vínculo y por femicidio" fue leía al mediodía del lunes 6 de febrero.

EL HECHO

Sandra Fleita, de 34 años, estaba con Aguirre en su casa del barrio San Roque de Juan José Castelli. La pareja discutió y en ese marco el hombre la apuñaló 27 veces.

Aguirre ingresó a la guardia de prevención de la Comisaría Segunda de Juan José Castelli, luego de enviarle un audio de WhatsApp a un amigo "de toda la vida" al que le confesó todo lo que había hecho y le dijo que no lo iba "a volver a ver por diez u once años".

"Miguel te voy a comentar a vos nomás, viejo, somos amigos de toda la vida. No me vas a ver por diez u once años, la cagué matando a la Sandra", dijo Aguirre, tras perpetrar el femicidio.

El audio de Whatsapp se volvió viral en redes sociales con una de las frases más descarnadas: "Me voy presentando a la comisaría, le metí como más de veinte puñaladas".

Según las fuentes policiales de Chaco, tras la confesión de Aguirre, el personal de la Comisaría Segunda fue al domicilio de la víctima por indicación del hombre y encontró la puerta de entrada abierta.

El cuerpo de Fleita estaba en el piso de uno de los ambientes con visibles heridas de arma blanca. Los policías llamaron a una ambulancia y los enfermeros del hospital Bicentenario constataron su deceso.

¿POR QUÉ EL JUICIO ABREVIADO?

En los fundamentos de la sentencia, Regosky explicó que el instituto del juicio abreviado pudo ser admitido en este caso, porque "se encuentra acreditado el hecho, el imputado ha prestado su consentimiento expresamente, asistido por su abogado defensor, munido de todas las garantías que hacen a su derecho de defensa, acordando la calificación legal y la pena a cumplir, no existiendo procesalmente impedimento alguno".

Además, escuchó "la opinión de los damnificados... quienes en sede de Fiscalía de Cámara, prestaron conformidad".

En el juicio abreviado "se le impone una pena, por la comisión de un hecho de carácter penal, prescindiendo de la oralidad, la contradicción, la publicidad y la producción de pruebas, previo a la conformidad entre el Ministerio Público y el imputado", agregó.

Por último, la camarista remarcó: "Este modelo de procedimiento tiene una función interesante dentro de lo que podemos llamar políticas en la administración de justicia y se orienta en criterios puramente económicos, tales como aprovechamiento de los recursos, tanto económicos como humanos, descongestionamiento de los tribunales, reducir la inflación en el volumen de los procedimientos orales".

En consecuencia, brinda "rapidez y eficiencia y tiene su fundamento sustancial en la confesión que hace el imputado de forma libre y sin presión alguna del ministerio público".

Fuente: datachaco.com

Las acusaciones contra Ana Clara Pérez Ballester, se basan en "no cumplir con los deberes a su cargo" y por no "adoptar las medidas necesarias para la protección del niño".

La medida fue apoyada por ministros tanto de la oposición como los del oficialismo. Los dos pedidos de jurys son contra la jueza que otorgó la tenencia de Lucio Dupuy a su madre. Actualmente está procesada junto a su pareja por haber asesinado al joven de 5 años.

La primera denuncia fue expuesta por los legisladores, Martín Ardohain y María Laura Trapaglia. A la vez, el pedido fue acompañado por los diputados Matías Traba y Eduardo Peppa. El segundo pedido a juicio político para su destitución fue presentado por el frente de diputados del Frente Justicialista Pampeano

En un comunicado oficial, los magistrados, remarcaron los motivos presentados y las causas por las cuales ejecutaron la acción. "Hemos realizado la denuncia formal por mal desempeño de sus funciones por incumplimiento reiterado de los deberes de funcionaria judicial y negligencia reiterada en el ejercicio del cargo", expresaron los diputados.

A la vez, los legisladores plasmaron una serie de inconformidades con el accionar de la jueza por no "haber escuchado al menor". "no se realizó un informe socio-ambiental del contexto familiar donde iba a vivir Lucio"; "no se informó, ni se citó a testigos"; "no se escuchó al menor".


Fuente: diariotag.com