Jueves, 14 Mayo 2026
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Las organizaciones sindicales del sector educativo lanzaron un paro nacional en rechazo al ajuste presupuestario del Gobierno Nacional, y en repudio al proyecto de ley de Libertad Educativa que busca aprobar el Ejecutivo en el Congreso. La huelga afectará el comienzo del Ciclo Lectivo en gran parte del país, incluyendo a la provincia de Buenos Aires.

El inicio de las clases corre riesgo tras la convocatoria de los principales gremios del país a un paro nacional para el próximo lunes 2 de marzo, fecha en la que estaba estipulada el comienzo del ciclo lectivo. La Unión Docentes Argentinos (UDA), la Confederación de Educadores Argentinos (CEA), la CTERA, y el Frente de Unidad Docente Bonaerense (FUDB), confirmaron la medida de fuerza como respuesta a lo que las organizaciones definen como el mayor recorte de fondos para el sector en décadas.

Desde la Unión Docentes Argentinos (UDA) y la Confederación de Educadores Argentinos (CEA) advirtieron que la falta de una convocatoria urgente a la paritaria nacional profundizará la crisis actual en el sistema educativo.

En un comunicado conjunto, el secretario de Políticas Educativas de la CGT, y titular de UDA, Sergio Romero y su par de CEA, Fabián Felman, remarcaron que el Estado Nacional abandonó sus obligaciones “indelegables”, impulsando la derogación de normativas que garantizaban la inversión en el sistema educativo y en la enseñanza técnica. Según las entidades, el salario mínimo actual se encuentra en niveles de “indigencia”.

Desde las organizaciones adheridas a la CGT, remarcaron que “La educación atraviesa el mayor recorte presupuestario en décadas y los docentes de todo el país sufren un fuerte ajuste salarial como consecuencia de la decisión – del Estado Nacional – de retirarse de obligaciones indelegables, impulsando la derogación de leyes que lo comprometían a realizar inversiones imprescindibles para la educación en Argentina”, apuntaron.

En esa línea, ratificaron también su rechazo anticipado al proyecto de ley de “Libertad Educativa”, que según las entidades sindicales, “detonará el Sistema Educativo argentino”, advirtieron los gremios.

La CTERA definió un paro nacional para el 2 de marzo

Por su parte, la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), que conduce Sonia Alesso, también definió este viernes la convocatoria a un paro nacional para el 2 de marzo.

La decisión se tomó en el marco del Congreso Originario de la Confederación, donde se aprobó la Memoria y Balance del año 2025, y se realizó un informe detallado sobre la situación política nacional e internacional, así como sobre las políticas de ajuste implementadas por el gobierno de Javier Milei.

La entidad sindical definió la continuidad del plan de lucha vigente y definió el “no inicio del ciclo lectivo” con el paro del 2 de marzo. La organización también adelantó que el cronograma de lucha continuará con caravanas, carpas y movilizaciones en todo el país que se desarrollarán durante todo el mes de marzo.

CTERA ratificó su rechazo absoluto al proyecto de ley de Libertad Educativa y exigió que se abra la discusión para la elaboración de una nueva ley de Financiamiento Educativo.

Fuente: Mundo Gremial

Los ministerios de Educación y Desarrollo Humano firmaron un convenio para la implementación del equema desde el 2 de marzo, día de inicio de clases.

La ministra de Educación, Sofía Naidenoff, y el ministro de Desarrollo Humano, Diego Gutiérrez, firmaron este viernes un convenio para dar continuidad al trabajo conjunto para garantizar el servicio de comedor y refrigerio en las escuelas primarias de la provincia durante el próximo ciclo lectivo, que comenzará el 2 de marzo.

El acuerdo establece los lineamientos del trabajo articulado entre los ministerios de Educación y de Desarrollo Humano, con el objetivo de asegurar la prestación del servicio alimentario escolar en más de 1700 instituciones educativas de toda la provincia.

El ministro Gutiérrez destacó la importancia del convenio y señaló que se trata de la consolidación de una tarea que ambos organismos vienen desarrollando desde hace varios meses.

"La definición más importante es que los comedores escolares en la provincia están garantizados, y por una decisión política del gobernador Leandro Zdero, a partir del inicio de clases todas las escuelas contarán con este servicio", afirmó, y remarcó que "los fondos están asegurados".

Asimismo, el funcionario remarcó que resulta fundamental el trabajo coordinado de las instituciones educativas, directores y equipos regionales del Ministerio de Educación, junto con el acompañamiento de las áreas técnicas y administrativas de ambas carteras.

En ese marco, el ministro Gutiérrez aseguró que "es una definición política de este gobierno que los niños, para poder educarse, también tengan asegurado todo lo que tenga que ver con su nutrición", y agregó: "Estar bien alimentados es indispensable para que puedan aprender, que es lo que nos interesa, porque la apuesta es que la educación pública y de calidad garantice a nuestros niños las mismas oportunidades".


Fuente: datachaco.com

Si sale la Reforma Laboral, la pelea sigue en los tribunales. “La vamos a judicializar”, anticipó el triunviro de la CGT Jorge Sola. Los abogados especialistas coinciden en el planteo y dicen que “no pasa el tamiz constitucional”. “Golpearon todo el esqueleto”, sostienen y anticipan una conflictividad en ascenso.

Especialistas consultados por Página/12 coinciden en que viola la Constitución, tratados internacionales y convenios de la OIT. Alertaron sobre una ola de presentaciones de gremios y de trabajadores.

El gobierno de Javier Milei está apurado para sancionar la Reforma Laboral la semana próxima, pero la CGT ya anticipó que irá a los tribunales para frenarla porque es inconstitucional dado que viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el principio de no regresividad de los derechos sociales.

En caso de sancionarse, la ley no solo generará la judicialización a través de las centrales obreras sino también de los gremios – que se vieron afectados directamente con la modificación de sus estatutos – o también por trabajadores individuales cuando, por ejemplo, ante un despido se deba definir qué norma lo rige. No solo eso, también habrá conflictos a la hora de establecer qué tribunales fallarán sobre la constitucionalidad dado que el proyecto propone pasar la justicia nacional laboral a la Ciudad de Buenos Aires. “Va a terminar en la Corte Suprema”, anticipó la abogada y docente universitaria Natalia Salvo.

La llamada modernización libertaria viola la Carta Magna y leyes específicas del mundo del trabajo, pero también tratados internacionales con rango constitucional y convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a los que Argentina suscribió.

Para el presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas, Matías Cremonte, “toda la ley es inconstitucional” porque contradice el principio de progresividad que rige en materia de derechos sociales y está establecido en el pacto de San José de Costa Rica, que tiene rango constitucional en nuestro país.
“Indica que los Estados solo pueden legislar en materia de derechos sociales de manera progresiva. O lo que es lo mismo: el principio de irregresividad, que indica que no se puede retroceder. No está obligado a proteger más de lo que protege a los trabajadores, pero una vez que hay un marco de protección ya no puede retroceder. Solo con ese criterio no debiera superar un test de constitucional”, le explicó a Página/12.

Para el abogado y asesor sindical Juan Manuel Ottaviano, “esta norma es integralmente regresiva y eso la haría en su totalidad inconstitucional”. “Afecta el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, sobre todo en derechos fundamentales como el derecho a la huelga, a la protección contra el despido arbitrario, a la negociación colectiva, a la libre agremiación, la libertad sindical, la seguridad social, la indemnización del salario. Una cantidad de derechos enormes”, agregó Ottaviano.

Para Natalia Salvo uno de los primero puntos judiciables será determinar qué relaciones aplica la ley. “No es de aplicación retroactiva y ahí surge el primer problema. Si yo estoy trabajando actualmente, ¿La reforma laboral se me aplica o no se me aplica?. En el artículo 7 del Código Civil y Comercial dice que no, porque las leyes no son retroactivas porque afecta el principio de inviolabilidad de la propiedad privada y tus derechos son de tu propiedad. Sin embargo, están quienes dicen que, si bien no es retroactiva, es de aplicación inmediata. Entonces, ¿Qué pasa, por ejemplo, si en tres meses te despiden?. Te van a querer pagar con el Fondo de Asistencia Laboral porque eso era un derecho en expectativa”.

Justamente el FAL fue uno de los puntos más debatidos el jueves en la Cámara de Diputados. Para la oposición se trata de una maniobra de Milei y su ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, que se usará para fondear al Estado a costa del desfinanciamiento del sistema de jubilaciones. Es un fondo creado para el negocio financiero del ministro Caputo”, denunció Miguel Ángel Pichetto.

Los derechos colectivos en riesgo

Otro de los puntos clave tiene que ver con el derecho huelga, el proyecto establece porcentajes de prestación obligatoria de servicios mínimos en actividades esenciales (75%) y en actividades de importancia trascendental (50%), que van en contra de la constitución y de los estándares internacionales que establecen en qué circunstancias, muy restrictivas, se puede limitar el derecho a huelga. “Son parámetros establecidos por la OIT y no se cumplen en el listado de actividades que serían declaradas servicio esencial en la reforma laboral”, explicó Ottaviano.

Siguiendo con los derechos colectivos, también puede llevarse a la justicia la afectación a la libertad sindical, que además está incluida en el convenio 87 de la OIT, uno de los 8 convenciones fundamentales de los 190 que tiene la organización.

Los especialistas coinciden en que generará reclamos por sector al afectar varios convenios, como el de los trabajadores marítimos o de periodistas. Algo que se puede traducir en una ola de cuestionamientos judiciales de sindicatos y de los propios trabajadores, que van a tener conflictos a medida que haya demandas por despidos, cálculos indemnizatorios nuevos

“Hay exclusiones específicas de colectivos de trabajadores de la Ley de Contrato de Trabajo y exclusiones a los trabajadores de las plataformas, algo que no tiene antecedentes en el mundo. No hay ningún país que explícitamente diga que los trabajadores de plataformas son independientes y que no pueden gozar derechos laborales”, dijo Ottaviano.

Los derechos individuales

En cuanto a los derechos individuales, tanto en la ampliación de la jornada de trabajo como en la sustitución del pago de extras por el banco de horas, entre tantos otros, afectan la protección porque se deja librado al “mutuo acuerdo”. Estos arreglos van en contra del principio del artículo 14 Bis que dice que el trabajo tiene que ser protegido por las leyes. Se parte de la base de que hay que equilibrar una relación jurídica, que es desigual, en favor del trabajador, algo que esta norma no solo no tiene en cuenta sino que equilibra la balanza en favor de los empleadores.

“Se entiende que hay una relación muy desigual entre el empresario y el trabajador, entonces una de las funciones de la ley es sustituir la voluntad individual del trabajador –prohibir que el trabajador o la trabajadora renuncien a determinado derecho– porque se entiende que no es libre, que su voluntad está viciada o condicionada por la necesidad de tener un trabajo y un salario”, explicó Cremonte y dijo que el hecho de que individualmente se pueda renunciar a una jornada preestablecida, por ejemplo, puede ser inconstitucional en cuanto a que viola el principio de renunciabilidad y el sentido protectorio de la legislación laboral.

Otro de los focos de conflicto será el traspaso de la justicia nacional del Trabajo a la Ciudad de Buenos Aires, la disolución de un conjunto de tribunales que tienen que resolver sobre la constitucionalidad de la reforma laboral libertaria. “Va a terminar en la Corte Suprema”, anticipó Natalia Salvo, “además de modificarse la ley procesal”. “¿Quién va a resolver la inconstitucionalidad?, “¿Los tribunales que están tratando de sacar?. Hasta ese nivel de incertidumbre llega este proyecto”, agregó.

A diferencia de lo que pasó con el DNU 70/2023, que se frenó en la Justicia porque modificaba normas laborales a través de un DNU, en este caso es una ley que será sancionada por el Congreso Nacional por lo que no estaría en cuestión su proceso de creación. “En ese momento, lo que se cuestionó era la forma porque no puede el presidente promover una reforma laboral por un Decreto de Necesidad y Urgencia”, explicó Cremonte.

Ahora, la situación será distinta. El abogado advierte sobre la dificultad de que un tribunal declare inconstitucionalidad de la ley completa por cuestiones procesales “No es un tema de que no sea inconstitucional, sino si la CGT o alguna central obrera tiene la legitimación para que se declare inconstitucionalidad de normas que van a afectar individualmente a los trabajadores cuando se apliquen sino ‘no hay un caso´ en el que se basen los tribunales”.

Fuente: Página 12

Desde el Ejecutivo señalaron que la medida implica un importante esfuerzo financiero, mientras la provincia continúa afrontando y pagando deudas de la gestión anterior.

El esquema de incrementos se aplicará de la siguiente manera:

- Febrero: aumento del 3% para docentes y personal policial.
- Marzo: actualización salarial para trabajadores del Escalafón General, el 3%
- Abril: incremento del 2% para todos los sectores de la administración pública, incluyendo docentes, policías y personal administrativo. 

Por otra parte, el Gobierno remarcó su compromiso con los docentes que concurren a dar clases. En ese marco, el concepto "Aula" para el sector docente se incrementará de 400 a 520 puntos. 

Desde el Ejecutivo provincial destacaron que, "a pesar del complejo escenario económico y de las obligaciones heredadas que la provincia continúa afrontando, se busca acompañar a los trabajadores del Estado, con una buena administración y con responsabilidad en el uso de los recursos".


Fuente: datachaco.com