Martes, 12 Mayo 2026
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Rozas pretende corregir un impuesto establecido a cooperativas y mutuales

El presidente del bloque de senadores de la UCR, Ángel Rozas, presentó un proyecto que tiene por objeto establecer una contribución extraordinaria, de carácter transitorio, sobre el capital de las cooperativas y mutuales que desarrollen actividades de ahorro, de crédito y/o financieras, de seguros y/o reaseguro, procurando corregir la distorsión que generaría el artículo 126 del Presupuesto Nacional para el ejercicio 2019.

El legislador radical señaló que “las cooperativas y mutuales son entidades sin fines de lucro, que no generan ganancias, y por tanto sus excedentes son permanentemente capitalizados. En la ley de Presupuesto votada en la Cámara de Diputados se creó el en el artículo 126, un tributo sobre el patrimonio de las cooperativas y mútales por el plazo de cuatro años”.

“En términos generales, podemos decir que dicho artículo establece una contribución especial sobre el patrimonio neto de las cooperativas y mutuales fijada en el 4% para aquellas entidades que tengan un capital que vaya de los $50 a los $100 millones, y del 6% cuando se supere los cien millones de pesos. De aplicarse, el monto a abonar rondaría los $3.100 millones de pesos, cuando si estas entidades fueran sociedades anónimas pagarían una suma aproximada de $2.100 millones”, mencionó.

“La iniciativa que presentamos desde el bloque de la UCR pretende corregir este impuesto, por entender que el mismo resulta gravoso y atenta contra los objetivos del cooperativismo y el mutualismo”. “De mantenerse esta situación, se verá afectada la inversión social que estas entidades vienen realizado a lo largo de muchos años. Debemos recordar que estas entidades sin fines de lucro se originaron para cubrir aquellos espacios y necesidades a los que no llega el sector privado tradicional”, advirtió Rozas.

“En ese sentido proponemos crear una contribución extraordinaria sobre el capital de cooperativas y mutuales que desarrollen actividades de ahorro, de crédito y/o financieras, y de seguro y/o reaseguro, por el plazo de dos años. Esta contribución surgirá de aplicar una tasa del 3 % sobre el capital imponible”, explicó.

Fuente: datachaco.com