Lunes, 07 Septiembre 2026
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El Gobierno nacional decidió otorgar un plus salarial de $5.000 a las fuerzas de seguridad, en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus. El bono es para el mes de abril y abarca a todas las fuerzas implicadas en los operativos por la pandemia.

 

De esta forma, el Poder Ejecutivo busca realizar un reconocimiento económico a los trabajadores de esta área, vitales en este momento de emergencia.

 

Las fuerzas de seguridad son esenciales para llevar adelante los operativos que tienen lugar en todo el país, para controlar que sea efectivo el cumplimiento del aislamiento preventivo y obligatorio que dispuso el presidente por decreto, hace una semana.

 

Fuente: datachaco.com

 

y el mundo nos toma de ejemplo y de eso tenemos que estar orgullosos todos los argentinos", destacó el ministro en diálogo con TN sobre las drásticas decisiones que tomó el Ejecutivo, desde el inicio.

"Somos unos de los diez países elegidos por la Organización Mundial de la Salud para un ensayo clínico universal junto a Noruega, Canadá, Francia y Tailandia, entre otros. Vamos a probar alternativas de terapias de tratamiento", destacó el González García.

"La Argentina comenzó a probar una droga para tratar el Covid-19 en el Hospital Posadas con tres pacientes internados", informó el funcionario durante la entrevista.

Se trata de hidroxicloroquina,"un sanador contra la malaria y el lupus, una vieja droga que se dice que tendría un efecto positivo. No puedo hacer un juicio de valor. No podemos dejar de probar nada. Tampoco podés (obtener resultados) con un denominador tan chiquito", señaló González García.

Respiradores

Por otra parte, el ministro se refirió a la monopolización de la compra de respiradores y dijo: "Solo Nación puede garantizar la equidad distributiva de un insumo crítico. Tratamos de asegurar que todos tengan las mismas chances en cualquier lugar de la Argentina", detalló.

Curva de contagios

Consultado acerca de la curva de contagiados y muertos por coronavirus en la Argentina, González García aseguró que "está en niveles esperados, mejor que en otros países".

 

Fuente: datachaco.com

Desde este viernes, se encuentra habilitado y disponible para usar el servicio de Adelanto Chaco 24 del Nuevo Banco del Chaco. El mismo permite anticipar compras sin pagar intereses en todo tipo de comercios, hasta la acreditación de haberes.

Pueden utilizarlo activos y pasivos provinciales, empleados de empresas del Estado, de municipios y de unidades educativas privadas (UEP), que acreditan sueldos en la entidad bancaria chaqueña.

Aún sin disponer de saldo en la cuenta, Adelanto Chaco 24 permite realizar compras en cualquier comercio con tarjeta de débito y sin pagar intereses, hasta la próxima acreditación de haberes. El monto disponible puede consultarse en la página web, ingresando en “Consultas de Adelanto Chaco 24”.

Además de activos y pasivos provinciales, están incluidos empleados de Sameep, Secheep y Ecom. Las empresas privadas que tienen convenio de pago de haberes también pueden solicitarlo para sus empleados.

Con Adelanto Chaco 24 se pueden hacer compras de todo tipo: supermercados, estaciones de servicios, restaurantes, farmacias, tiendas de ropa y zapatería. Para el comercio, es como cualquier otra venta con tarjeta de débito.

 

Fuente: datachaco.com

El Gobierno nacional resolvió ampliar el cierre de fronteras que regía desde el 16 de marzo último "a las personas residentes en el país, y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior", a través de la totalidad de los pasos internacionales, puertos, aeropuertos y centros de frontera, en el marco de las medidas adoptadas para frenar el avance del coronavirus.

Así lo establece el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 313/2020 que se publica hoy en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y la totalidad de los ministros.

Si bien el DNU establece que la medida rige hasta las 24 del próximo 31 de marzo, en su texto aclara que el plazo previsto "podrá ser ampliado o abreviado" por el Ministerio del Interior previa intervención de la autoridad sanitaria nacional conforme a la evolución de la situación epidemiológica.

La medida comprende a los puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso al país, según indica el artículo 1 del decreto, válido para "las personas residentes en el país y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior".

Están exceptuadas las personas afectadas al traslado de mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas de mercaderías, los transportistas y tripulantes de buques y aeronaves, y las personas afectadas a la operación de vuelos y traslados sanitarios.

También, quienes se encuentran en tránsito aéreo hacia Argentina "con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas siguientes a la fecha de publicación del decreto", se indica.

"Sin perjuicio de lo expuesto, el eventual ingreso efectivo al país de cada persona o medio de transporte autorizado, estará supeditado al estricto cumplimiento de las recomendaciones y directivas de la autoridad sanitaria nacional", dice el decreto.

Se establece también que la Cancillería adoptará "a través de las representaciones argentinas en el exterior, las medidas pertinentes a efectos de facilitar la atención de las necesidades básicas de los nacionales argentinos o residentes en el país que no pudieran ingresar al territorio nacional", hasta tanto puedan hacerlo.

En el marco de las medidas que viene tomando la Argentina ante el avance del coronavirus, el gobierno ya había establecido la prohibición de ingreso al país por un plazo de 30 días de las personas extranjeras no residentes que hubieren transitado por “zonas afectadas” en los 14 días previos a su llegada.

Tampoco podían entrar al país extranjeros no residentes, antes de decretarse el aislamiento social, preventivo y obligatorio, a partir del 20 de marzo y hasta el 31 del corriente mes, pudiéndose ampliar este plazo según las consideraciones de la autoridad sanitaria ante la situación epidemiológica del país.

En los considerados, se indica que estas medidas "resultan las imprescindibles, razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y el riesgo sanitario que enfrenta el país" y "obedece a la necesidad imperiosa de resguardar, tanto a quienes se encuentran en el territorio nacional de la propagación del coronavirus Covid-19".

Finalmente, también recuerda que "la evolución de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, por lo que deviene imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes".

Fuente: Télam