Domingo, 03 Mayo 2026
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La decisión de que los agentes del sector público nacional cumplan con sus tareas de manera remota desde hoy y hasta el miércoles, previo al inicio de la Semana Santa, quedó oficializada hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
 
Se trata de la Decisión Administrativa 280/2021 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que lleva la firma de Santiago Cafiero; del titular de la cartera laboral, Claudio Moroni; y de la de Salud, Carla Vizzotti.
 
"Establécese la estricta y prioritaria prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo remoto para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, que incluyen la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social y a las entidades públicas no estatales, respectivamente, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive", señala el artículo 1 de la norma.
 
En tanto, el artículo 2, enumera las áreas que quedan excluidas del alcance de la medida, es decir que detalla las reparticiones en las que se continuará cumpliendo con las tareas de manera presencial.
 
Allí se encuentran la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS); la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat); las Fuerzas de Seguridad Federales; las Fuerzas Armadas; el Servicio Penitenciario Federal; personal de salud y del sistema sanitario; personal del cuerpo de Guardaparques y del Sistema Federal de Manejo del Fuego; la Dirección Nacional de Migraciones; y el Registro Nacional de las Personas (Renaper).

"En todos los casos en los que se establezca la modalidad de trabajo presencial de equipos o sectores, el organismo deberá contar con un protocolo de actuación que garantice las condiciones de salubridad para el personal en el marco de las medidas sanitarias vigentes y las que en el futuro se dicten", dispone el artículo 3 de la medida.
 
Además, se invita a a adoptar medidas similares -es decir de cumplimiento de trabajo remoto- al Poder Judicial, al Legislativo, a las provincias, a la ciudad de Buenos Aires y a los municipios.
 
También, el artículo 4 de la Decisión Administrativa 280/2021 "recomienda al sector privado la adopción de medidas en consonancia con las establecidas en la presente".
 
"La dinámica situación producida por la pandemia de coronavirus y sus eventuales derivaciones en el ámbito laboral hacen necesario adaptar las medidas existentes con el fin de brindar la mejor protección a las personas involucradas, evitando en todo lo posible que se vean afectadas las relaciones laborales y las prestaciones de servicios del Estado Nacional", señala la norma en sus considerandos.

Fuente: diariochaco.com

El ministerio de Salud de la Nación informó este domingo 28 de marzo de 2021 que en las últimas 24 horas se registraron 7.208 casos y que hubo 81 fallecidos por coronavirus en la Argentina.
Con estos datos, el total de contagiados desde que comenzó la pandemia ascendió a 2.308.597, mientras que la cantidad de muertos en el país subió a 55.449.

Según el último parte oficial, actualmente hay 3.505 pacientes con covid-19 internados en terapia intensiva.

De los 2.308.597 contagiados, el 90,07% (2.079.515) recibió el alta y 173.633 son casos confirmados activos.

El reporte consignó que murieron 46 hombres y 34 mujeres, mientras que una persona de la provincia de Buenos Aires fue registrada sin dato de sexo.

El parte precisó que murieron 41 hombres en la provincia de Buenos Aires; 1 en Chaco; 1 en Córdoba; 2 en Jujuy y 1 en Neuquén. También fallecieron 30 mujeres en Buenos Aires; 2 en Jujuy y 2 en Río Negro.

Por otra parte, y según el Monitor Público de Vacunación, al momento ya se han aplicado 3641903 vacunas contra el coronavirus: 2.976.247 han recibido una dosis y 665.656 los dos componentes.


LOS NUEVOS CASOS, PROVINCIA POR PROVINCIA

De los casos confirmados, 3257 pertenecen a la provincia de Buenos Aires, 1044 a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 80 a Catamarca, 95 a Chaco, 70 a Chubut, 476 a Corrientes, 443 a Córdoba, 83 a Entre Ríos, 32 a Formosa, 47 a Jujuy, 46 a La Pampa, 47 a La Rioja, 116 a Mendoza, 142 a Misiones, 72 a Neuquén, 45 a Río Negro, 54 a Salta, 22 a San Juan, 203 a San Luis, 100 a Santa Cruz, 234 a Santa Fe, 136 a Santiago del Estero, 71 a Tierra del Fuego y 293 a Tucumán.

Fuente: datachaco.com

El servicio de Adelanto Chaco 24 del Nuevo Banco del Chaco ya está habilitado para anticipar compras con tarjeta de débito sin pagar intereses, en todo tipo de comercios. Está disponible para activos y pasivos provinciales, pasivos nacionales, empleados de empresas del Estado, Ecom, Sameep y Secheep.

El monto disponible puede consultarse en la página web www.nbch.com.ar, ingresando en Consultas de Adelanto Chaco 24 (https://www.nbch.com.ar/Personas/Tarjeta-de-Debito/Debito-Chaco-24/Adelanto-Chaco-24).

Aún sin disponer de saldo en la cuenta, Adelanto Chaco 24 permite realizar compras en cualquier comercio con tarjeta de débito y sin pagar intereses, hasta la próxima acreditación de haberes.  

Con Adelanto Chaco 24 se pueden hacer compras de todo tipo: supermercados, estaciones de servicios, restaurantes, farmacias, tiendas de ropa y zapatería. Para el comercio, es como cualquier otra venta con tarjeta de débito y no tiene costos adicionales.

Este servicio del Nuevo Banco del Chaco se habilita en forma automática, no requiere ningún tipo de trámite o gestión, y cuando el usuario percibe su sueldo, se debita el monto utilizado. El uso no tiene comisiones ni intereses.

 


Fuente: datachaco.com

Tras un extenso debate, este domingo, la Cámara de Diputados le otorgó media sanción al proyecto para reformar el impuesto a las Ganancias,  aumentando el mínimo no imponible a partir del que se paga el tributo a $150.000 brutos.

La aprobación del debate que comenzó ayer, se realizó con 241 votos, tres abstenciones y ninguno en contra. Por lo que el proyecto pasó al Senado para su debate y eventual conversión en ley.

El debate sobre este proyecto empezó a las 23.30 del sábado y terminó a las 7.48 del domingo. Desde hace 19 años que no había una sesión en un fin de semana.

En caso de sancionarse la ley, más de 1,2 millones de trabajadores que actualmente pagan el impuesto se verán beneficiados, ya que hasta ahora, las personas solteras que cobran un salario bruto de $90.133 deben abonar el impuesto a las Ganancias.

Además, si el proyecto se aprueba en el Senado se devolvería el valor del tributo a los trabajadores que ya lo pagaron este año, ya que el beneficio es retroactivo al 1° de enero.

Fuente: datachaco.com