Domingo, 03 Mayo 2026
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El gobernador Jorge Capitanich firmó en la noche de este sábado 29 de mayo el Decreto provincial N° 1176/2021 que define las medidas sanitarias que tendrán vigencia desde el 31 de mayo hasta el 9 de junio inclusive. La norma mantiene algunas de las medidas del decreto anterior, y habilita actividades específicas.

El documento estipula que se mantienen las siguientes medidas:

• Restricción de circulación: En el horario comprendido entre las 22 horas y las 6 de la mañana de cada día exceptuando a trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

• Alarma Sanitaria: A partir de las 21 horas.

• Continúa siendo obligatorio el uso del Pasaporte Chaco para circular https://pasaporte.chaco.gob.ar/.

• Ingreso o egreso de la provincia: deberán presentar constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación.

• Reuniones – Eventos: No se encuentran permitidos eventos públicos y/o privados en espacios abiertos o cerrados bajo cualquier modalidad o motivo.

• Casinos – Cines: Deberán permanecer cerrados.

• Parques, Plazas, Espacios públicos: no se permite la circulación o permanencia.

• Administración Pública Provincial: Suspensión de términos y plazos administrativos en los tres poderes del estado provincial. Se dispone que los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.

• Sistema Educativo Provincial: Suspensión de clases presenciales en todas las modalidades y niveles educativos y se ratifica el dictado de clases a través de la plataforma digital “ELE”.

• Actividad y locales comerciales esenciales: Se encuentra habilitado el funcionamiento de los locales comerciales de 8 a 21 horas con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio.


Se incorporan las siguientes medidas:

• Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados para atención en espacios al aire libre entre las 8 a las 22 horas. A partir de las 22 horas y hasta las 00 hs se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery).

• Transporte: Se habilita el uso de hasta un 50% de capacidad en las unidades  – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con Pasaporte Chaco.

• Agencias, Sub-Agencias de quiniela: se permite de 7 a 20:30 hs con atención reducida de personas en el local.

• Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitadas al aire libre con reducción de capacidad al 30% de la superficie disponible. En ningún caso la reunión religiosa podrá exceder las 100 personas

• Jardines – Guarderías: se habilita funcionamiento con protocolos.

• Gimnasios – Clubes - Actividades Físicas y Deportivas: Con el objetivo de lograr el restablecimiento gradual del sector, podrán funcionar en este período bajo las siguientes modalidades:

a) Gimnasios – Academias: Se encuentran habilitados para entrenamiento individual los días lunes, miércoles y viernes en el horario comprendido entre las 6:00 y las 18:00 horas, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.

b) Clubes: Podrán funcionar en el mismo horario indicado en el párrafo anterior para el desarrollo de entrenamientos físicos y/o de disciplinas deportivas individuales sin compartir elementos.

c) No se encuentra permitida la práctica deportiva grupal y/o de contacto, en espacios cerrados y/o al aire libre, el desarrollo de actividades con presencia de público o que impliquen concentración de personas, ni el desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateurs.

• Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención vía remota y por audiencias virtuales.

Fuente: diariochaco.com

Más de 200 efectivos policiales desplegarán recorridas y emplazamientos de  control en el micro y macrocentro. Se busca fortalecer la seguridad, pero también regular la circulación de personas.
 
A raíz de las nuevas medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno Provincial, la Policía del Chaco diagramó un operativo de seguridad preventiva, con el accionar policial se busca regular la circulación de personas en la vía pública y reducir las posibilidades de contagios por Covid -19. Sin descuidar la misión específica de la policía, la de cuidar a cada ciudadano, ciudadana y prestar seguridad.
 
A partir de este sábado, los empleados policiales afectados al operativo, realizarán emplazamientos de control vehicular y de personas en puestos fijos apostados en las principales avenidas del micro y macro centro.
 
 
Otras patrullas realizaran recorridas, y emplazamientos esporádicos cada 15 minutos en avenidas y calles de la ciudad.
 
El servicio de policía caminante, se desplegará en la zona comercial y alrededores de modo que cada 400 metros, habrá un uniformado dispuesto a ayudar al ciudadano o ciudadana.
 
La división Canes custodiará y regulará la circulación en las plazas y espacios públicos de la capital. Policía Montada lo hará en el Parque de la Democracia, Parque Tiro Federal y el Aeropuerto internacional. Esta modalidad se replicará en las localidades del interior provincial.
 
 
En caso de no contar con pasaporte Covid, o no justifique su permanencia en la vía pública, se labrará acta de infracción, y secuestros de rodados.
 
Se ruega a la comunidad su colaboración, no deben circular fuera de horarios permitidos, y en caso de hacerlo, contar con permisos de circulación y con barbijo colocado. Las actividades al aire libre, y deportivas en grupo no están permitidas.


Fuente: diariochaco.com

La Administración de Parques Nacionales (APN), bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, informa que a partir del lunes 31 de mayo volverán a abrir los Parques Nacionales y áreas protegidas en todo el territorio nacional.

El ministro de la cartera, Juan Cabandié, agradeció a todos los argentinos “por el esfuerzo y la colaboración en este tiempo de pandemia y que hayan respetado las medidas sanitarias”.

Por su parte, el presidente de la APN, Lautaro Erratchú, se mostró complacido “por recibir nuevamente a todos los visitantes en nuestros Parques Nacionales”.

Fuente: datachaco.com

A través de la Resolución 1535/2021, que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno compartió el protocolo completo para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), un extenso texto de más de cien páginas en el que se detallan lo derechos y obligaciones de pacientes, médicos e instituciones de salud, en el marco de la nueva ley que permite esta práctica hasta la semana 14 de gestación, inclusive.

Estaba previsto que la normativa sea presentada públicamente este viernes en un acto virtual que encabezará la directora nacional de Salud Sexual y Reproductiva, Valeria Isla, y del que participarían también otras funcionarias de diferentes provincias.

En la Argentina, el aborto legal, seguro y gratuito fue sancionado por el Congreso el 30 de diciembre de 2020 y promulgado el 14 de enero pasado, pero hasta el momento no contaba con un marco que definiera las reglas para su puesta en marcha.

Entre los diferentes puntos que trata, el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción voluntaria y legal del embarazo” señala que “todo el personal de salud (incluyendo el administrativo y de seguridad) es responsable de garantizar y no obstruir el derecho” a esta práctica.

Asimismo, el texto indica que “para garantizar la privacidad” de los pacientes, “el equipo de atención debe asegurar la creación y preservación de un ambiente de confianza e intimidad durante todo el proceso” y no difundir “la información solicitada y toda aquella que se consigne en la historia clínica”.

“Debe asegurarse la capacitación a todo el personal de la institución para que conozca su responsabilidad de respetar la privacidad de las personas usuarias y mantener la confidencialidad de la información sobre la atención de la interrupción del embarazo. También debe garantizarse que en la práctica sólo participen los integrantes del equipo de salud que sean necesarios para llevarla adelante”, detalla la norma.

Además, se remarca que “todas las personas con capacidad de gestar, con y sin discapacidad, pueden tomar sus propias decisiones respecto al ejercicio de sus derechos reproductivos, las alternativas de tratamiento y su futura salud sexual y reproductiva”.

Por otra parte, se reiteró que pueden pedir que les realicen un aborto todas las personas gestantes “hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional sin explicitar los motivos de su decisión” y, pasado ese plazo, todas aquellas que estuvieran preñadas como “resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente”, o en el caso de que esté “en peligro la vida o la salud” del solicitante.

“Todas las personas de 16 años o más son consideradas por la legislación argentina como adultas en lo referente al cuidado del propio cuerpo. Por ello, pueden otorgar por sí mismas su consentimiento informado en todos los casos tanto de IVE como de ILE y realizar personalmente y firmar la declaración jurada requerida para la interrupción de un embarazo producto de una violación (en caso de que corresponda) sin que se requiera asistencia de ninguna persona”, se especifica.

En tanto, los adolescentes de entre 13 y 16 años “pueden brindar su consentimiento en forma autónoma si se trata de prácticas que no representen un riesgo grave para su vida o su salud”. Caso contrario, deberán contar con la asistencia “de sus progenitores, representantes legales, personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivos”.

Lo mismo sucederá para los menores de 13 años, quienes en todo momento deberán ser acompañados por uno de estos adultos, quienes “deben participar en conjunto con la niña en la toma de decisiones y deben firmar también el consentimiento informado”.

En cuanto a las personas con discapacidad, se les podrá “ofrecer a la persona con discapacidad que una o más personas de su confianza, ya sea de la familia, la comunidad, el equipo de salud o las instituciones de protección de derechos, le presten el apoyo necesario para tomar una decisión autónoma y brindar o no su consentimiento”.

Respecto de la objeción de conciencia, la norma indica que “puede ser invocada respecto a realizar la práctica concreta (intervención directa) de la IVE/ILE, pero no para las acciones necesarias para garantizar la atención integral de la salud”.

En este sentido, se explicó que para poder quedar exceptuado de realizar el aborto, el profesional médico debe “mantener su decisión en todos los ámbitos, público, de la seguridad social o privado, en los que ejerza su profesión” y “derivar de buena fe” a la paciente para que sea atendida por uno de sus colegas.

Sin embargo, “el personal de salud no puede negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable”.

Además, el protocolo aclara que “la objeción de conciencia es siempre individual”, por lo que las instituciones tendrán que “contar con recursos humanos y materiales suficientes para garantizar en forma permanente el ejercicio de los derechos que la ley les confiere a las personas gestantes en relación a esta práctica”.

Si no cuentan con estas herramientas, están obligadas a “prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó”.

Entre los considerandos, el Gobierno señaló que la IVE “es una política de salud pública dentro del conjunto de políticas necesarias para garantizar la salud sexual y reproductiva de las niñas, adolescentes, mujeres y otras personas con capacidad de gestar y, con ella, sus derechos humanos”.

Además, remarcó que el protocolo “tiene como objetivo ofrecer una guía a los equipos de salud brindándoles un marco regulatorio y pautas clínicas para la atención precisa y clara que les permita desarrollar la interrupción del embarazo contemplado en el sistema normativo argentino, alcanzando los más altos estándares de atención”.

El protocolo fue publicado el Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, que se celebra mundialmente cada 28 de mayo, por lo que organizaciones feministas y de lucha por la igualdad de oportunidades también convocaron a diferentes actos para festejar que es la primera vez que esta fecha llega con el aborto legalizado en el país.


Fuente: infobae.com